RESIDENCIA DE ANCIANOS
1º.- El Ayuntamiento de Hornachos establece el servicio público de Residencia para la tercera edad, siendo éste un centro público residencial destinado al alojamiento y atención alimentacia y asistencial de las personas mayores comprendidas en el artículo 2 de este Reglamento, y que ofrece dos modalidades de estancia:
2º.- Su funcionamiento se regirá por este reglamento y por las normas que en su desarrollo dicten los Órganos de Gobierno Municipal y la Dirección del Centro, quedando en todo caso sujeto a la Ley 2/1994, de 28 de abril, de Asistencia Social Geriátrica.
De acuerdo con la Ley 2/1994, de 28 de abril, de Asistencia Social Geriátrica, artículo 1º (1.2), podrán acceder a plaza en la Residencia de Ancianos, bajo algunas de sus modalidades (residente, centro de día) quienes reúnan todos y cada uno de los siguientes requisitos:
a.- Edad mínima de admisión:
b.- Estar dotados de suficiente autonomía y valerse por sí mismo para el desarrollo de actividades cotidianas, de aseo y desenvolvimiento personal.
c.- No padecer enfermedad infecto-contagiosa ni trastornos psíquicos y/o de conducta que impidan el normal desarrollo de las relaciones y convivencia de los usuarios del mismo.
En caso de similares situaciones de dos o más solicitudes e insuficiencia de plazas libres para atenderlas, tendrán preferencia las personas residentes naturales de Hornachos.
Nº de plazas totales: 20
Nº de usuarios en la actualidad: 20